En América, el concepto «indio» (resultado del equívoco inicial) no es una denominación geográfica, ni étnica, ni clasista. Es la denominación del vencido. Tras ese «genérico» se borraron las múltiples identidades originarias: abipones, achuares, aymaras, apaches, araucanos, arawaks, aucas, aztecas, bayás, bororós, botocudos, caddoanes, calchaquíes, calchines, calpules, calumas, camahuas, canacos, canelos, caracarás, caracas, carajás, carapachayes, carapachos, cariacos, caribes, cataubas, cayapas, cayetés, ciaguás, cocamas, comechingones, corondas, chaimas, charcas, charrúas, chavanes, chibchas, chichimecos, chimúes, chiriguanos, chuchumecos, chunchos, gandules, guaraníes, hopis, huaoranis, lacandones, mapuches, mayas, maipures, matacos, miskitos, mochicas, nahuas, napos, navajos, omaguas, onas, orejones, otavalos, páparos, patagones, payaguas, pawnees, pueblos, puelches, puruhaes, quechuas, querandíes, quichés, quijos… y muchos más. ¿Qué otras acepciones encierra el concepto?…
El concepto indio suele designar una forma de vida o de cultura, más que un tipo racial. Según Angel Rosenblat, esta designación no tiene en ninguna parte un valor étnico riguroso. Los indios que se aculturaron y viven aceptando el modo de vida de las actuales naciones americanas, no se llaman a sí mismos “indios”, sino “campesinos”, “obreros”, “trabajadores”, sin hacer diferencias con los demás habitantes del territorio en el que viven. En la estadística norteamericana, la designación “indio” tiene un valor político: es el miembro de la tribu que vive en reservas. Para la estadística mexicana, “indio” es el que habla exclusivamente la lengua indígena.
De acuerdo con lo afirmado por Carlos Martínez Sarasola en el libro Nuestros paisanos los indios, en la Argentina los censos y estimaciones se refieren a los indígenas que viven en comunidades, pero excluyen a los miles de pobladores indios que viven en los barrios carenciados de las grandes ciudades, que también son indios aunque hayan perdido gran parte de sus rasgos culturales y trabajen como mano de obra no calificada.
La provincia de Misiones, a partir de una ley de 1987, reconoce como “indio guaraní” a “todo aquel individuo que, independientemente de su lugar de residencia habitual, se defina como tal y sea reconocido por la familia, asentamiento o comunidad a la que pertenezca”, es decir, de acuerdo con los requisitos que los guaraníes ponen tradicionalmente para admitirlos.
Para la definición de indio, esta ley tuvo en cuenta lo establecido por la Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas: “Indígenas son los habitantes originarios de un lugar que comparten un pasado, un presente, un futuro común; que tienen conciencia de ser indígenas, hablan o han hablado la lengua de sus antepasados; que conservan sus valores, pautas y patrimonio cultural; que son reconocidos como tales por los miembros de su pueblo y por los extraños”.
Para reflexionar: ¿qué actitudes tomamos nosotros hacia los grupos culturalmente diferentes? ¿tomamos conciencia del proceso de marginalización a que nosotros –como integrantes de la sociedad nacional- hemos sometido a los indígenas? ¿valoramos la importancia de la autodeterminación de los pueblos?
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