En 1943 se produjo en Argentina el segundo golpe de Estado de su Historia. El nuevo gobierno de facto creó, por iniciativa del entonces Coronel Juan Perón, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, en reemplazo del Departamento Nacional del Trabajo. Perón avanzó en la promulgación de leyes sociales y sindicales que transformó radicalmente la vida cotidiana de los trabajadores, tras décadas de postergación. Entre las innovaciones más importantes debe destacarse la promulgación del Estatuto del Peón. En palabras de Alain Rouquié:
“La medida más avanzada, y cuyas consecuencias políticas y sociales resultaron las más importantes, fue sin dudas el Estatuto del Peón, instaurado por el decreto 28.169/44… establece un salario mínimo, condiciones mínimas de alimentación y de vivienda, y precisa también las obligaciones de las partes en materia de horarios de trabajo, indemnizaciones por despido y asistencia médica; establece además la obligatoriedad del descanso dominical y de las vacaciones pagas. Pero si las clases dirigentes podían aceptar que los trabajadores urbanos tuvieran ciertos beneficios sociales por la intervención del gobierno, consideraban que el sector rural, sostén del poder oligárquico, era intocable y escapaba al a acción estatal. El Estatuto intentaba reemplazar la buena voluntad del patrón y modificaba las relaciones sociales paternalistas del campo argentino. El Estado penetraba en las estancias, cometiendo así una verdadera violación de la propiedad privada. El Estatuto protege al peón que ya no depende sólo del patrón sino de una voluntad superior a la de éste. El Decreto, que no introducía grandes cambios en el terreno económico ni en las condiciones de vida de los peones, fue recibido entonces como una verdadera revolución y provocó el odio social tenaz de los grandes propietarios contra Perón.”[1]
Los derechos fueron luego desechados a partir de una ley de la dictadura, hasta que el Senado de la Nación, durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, convirtió en ley el nuevo régimen del trabajador rural (21/12/2011). Fue casi por unanimidad. Sesenta y ocho votos positivos contra uno negativo, que llevó la firma de Carlos Menem[2]. La norma recupera varios derechos de los peones del campo que habían sido establecidos durante el paso de Juan Domingo Perón por Previsión Social (año 1944). Como marca significativa, el nuevo marco regulatorio incorpora a este sector dentro de la Ley general del Contrato de Trabajo. Por otro lado, fija que las remuneraciones no podrán ser menores al salario mínimo, prevé horas extra, descanso semanal, condiciones adecuadas de higiene, seguridad y vivienda para los más de 900.000 peones rurales. Además, se pone fin al concepto de jornada laboral de sol a sol, al fijarse como límite las ocho horas diarias y las 44 horas semanales y se crea un nuevo régimen previsional, a partir del cual los trabajadores podrán jubilarse con 57 años y 25 años de aportes.[3]
A partir de la publicación en el Boletín Oficial, la norma echará por tierra una ley que lleva la firma de Jorge Rafael Videla y José Alfredo Martínez de Hoz y restituirá derechos laborales a los peones, los cuales habían sido consagrados en el viejo estatuto del peón rural de 1944 y ratificado por ley cinco años después.